PROTOCOLO PARA PREVENIR VIOLENCIA CONTRA NIÑOS Y NIÑAS

La Defensora del Pueblo de Escobar Rocío Fernández, como presidenta del Consorcio de Defensores del Pueblo Municipales Bonaerenses , les circula para vuestra debida toma de conocimiento, el Protocolo de Actuación desarrollado, en relación a la vulneración de derechos de menores  en las pensiones de los Clubes Deportivos.

La Defensora del Pueblo de Escobar en su carácter de Presidenta del Consorcio de Defensores del Pueblo Municipales Bonaerenses,  presenta un Protocolo de Acción Institucional para la Prevención e Intervención ante Situaciones de Violencia contra Niños, Niñas y Adolescentes.

El protocolo, elaborado recoge los principios rectores de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, su Protocolo Facultativo, la Ley Nacional 26.061 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y todas las normativas que establecen la responsabilidad del Estado y de la sociedad toda en la protección de los chicos frente a los delitos que atentan contra su integridad física y psíquica.

Se reiteran en el mencionado protocolo los artículos de la legislación que establecen la obligación de los y las profesionales que estén en contacto con los niños y adolescentes de comunicar cualquier situación de vulneración de derechos de la infancia, más aún cuando se trata de posibles delitos.

El protocolo también establece la obligación de intervenir no sólo cuando los hechos ocurren dentro de los clubes, sino en cualquier otro lugar o establecimiento, sea publico o privado, dada la responsabilidad de las asociaciones deportivas en el cuidado y salvaguarda de los adolescentes y jóvenes que albergan.

La comunicación de la denuncia -ante la presunción de eventuales abusos contra los chicos- debe concretarse a través de los organismos de infancia y adolescencia que cada provincia, municipio y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen organizados hasta la fecha. En su defecto, las denuncias pueden tramitarse en las fiscalizas especializadas en violencia de genero y violencia en la infancia.

Asimismo, el protocolo resalta los principios de no revictimización, resguardo de la confidencialidad y la obligación de brindar contención psicosocial tanto a las víctimas como a sus familiares.

Por otro lado, el Consorcio y el conjunto de las Defensorías del Pueblo agrupadas en la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) brindarán su cooperación técnica y profesional para acompañar, asesorar y colaborar frente a las situaciones abusivas detectadas.

Descargar Protocolo